Al vicio de mandar, la costumbre de no obedecer

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Solo conociendo el pasado, entenderemos el presente

Por mucho que cierren los ojos a los hechos, mientras la ceguera necia continua empecinada en evadir la realidad, o por más que queramos ocultar la verdad tras cortinas de humo, los hechos acaecidos, creamos o no en ellos, son los que son y no se pueden cambiar. Podremos mirar hacia otro lado, hacernos los locos o los mamelucos, pero la vergonzosa historia del relleno pesa como una losa, tanto que se convierte en un lastre para nuestro pueblo.

Capitulo 1

La marisma de Escalante, conocida como la Ribera, comenzó a rellenarse en el inicio de la década de los años 80 con áridos excedentarios e ilegales procedentes de la mina a cielo abierto de Dolomíta de Montehano, por aquel entonces activa. El relleno se llevo a cabo sin autorización y en desobediencia al Estado por la primera Corporación Municipal de Escalante democrática salida de las urnas de 1979.

Tras tramitarse por la Administración General del Estado diversos expedientes administrativos de carácter disciplinario y sancionador; el Ayuntamiento de Escalante solicita  la autorización para rellenar la marisma en terrenos de dominio público de la ría de Escalante al efecto de otorgarse la pertinente concesión administrativa.

Esta solicitud es rechazada por sendas resoluciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de fechas 30 de octubre de 1985 y 27 de abril de 1987 al resolver en primera instancia la solicitud citada y en segunda el recurso de Alzada, planteados por el Ayuntamiento de Escalante ante el Ministerio.

Después, las resoluciones son recurridas por el Ayuntamiento ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, cuya sentencia de 27 de mayo de 1991 desestima dicho recurso, declarando como validas las resoluciones dictadas por el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Contra dicha sentencia el Ayuntamiento interpuso un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que en sentencia de 11 de noviembre de 1999, confirmó íntegramente la sentencia de la Audiencia Nacional, al desestimar la apelación planteada por el Ayuntamiento.

Hunterwolf

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